La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000293-2024/SUNAT, publicada el 26 de diciembre de 2024, trasladó del período enero de 2025 al período julio de 2025 la fecha desde la cual los principales contribuyentes designados al 31 de diciembre de 2024 deben llevar su Registro de Ventas e Ingresos y su Registro de Compras en el SIRE.
El Servicio de Impuestos Internos obliga, por Resolución Exenta SII N° 53 de 2025, a los emisores de boleta electrónica a entregar al consumidor final la representación impresa o virtual de la boleta o del voucher en venta presencial. Rige desde el 1 de mayo de 2025 y, para quienes carecen de impresora, desde el 1 de marzo de 2026.